En Julio del año pasado, el Congreso de la Republica expidió la Ley 1857 de 2017 con el propósito de modificar la Ley de Protección Integral a la Familia, cuyo objeto es fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia como núcleo fundamental de la sociedad. Con esta Ley, el Congreso, además de detallar las acciones estatales, crea obligaciones para los empleadores.

El día 30 de enero de 2018 finalizó la etapa de arreglo directo, de acuerdo a la ley colombiana, es el tiempo durante el cual se negocia el pliego de peticiones entre la Comisión negociadora de SINTRAENFI con la Comisión negociadora de Bancompartir. Se supone que es la posibilidad legal de solucionar el conflicto laboral colectivo que se inicia con la presentación de un pliego de peticiones, cuando hay voluntad de las partes.

En esta ocasión, informamos a nuestras compañeras y compañeros afiliados, que luego de trece (13) reuniones, en un período de cuarenta días calendario, sumados la etapa de arreglo directo y su prorroga, no fue posible llegar a un acuerdo en la totalidad del pliego de peticiones, todo por los errores imputables a la empresa en un proceso de negociación colectiva, entre las cuales estan:

Según la SuperFinanciera, es necesario que BANCOLOMBIA resarza “los costos y gastos en que hayan incurrido los clientes del banco como consecuencia de las fallas reiteradas que se han venido presentando e informar el procedimiento para tal efecto”.